Resumen: El documento que aquí se presenta, fechado en 1651, constituye un valioso testimonio de las estrategias empleadas por los pueblos indígenas de la jurisdicción de Xochimilco para negociar y defender sus intereses frente a las obligaciones impuestas por el régimen novohispano. En él, los naturales de San Mateo Xalpa dirigieron una petición al corregidor de Xochimilco, con el propósito de ser eximidos del repartimiento de mano de obra indígena, destinado a la construcción de la Catedral de la Ciudad de México.
Esta solicitud de los naturales de Xalpa se fundamenta en la necesidad de permanecer en su comunidad para reparar la iglesia de su pueblo, cuyo deterioro impedía el adecuado desarrollo de las actividades religiosas. Así mismo argumentaban la cercanía de las celebraciones dedicadas a sus santos patronos, las cuales requerían de la participación de los habitantes, como la disponibilidad de un espacio digno para su celebración.
Palabras clave: Repartimiento indígena, naturales de Xochimilco, San Mateo Xalpa.
Abstract: The document presented here, dated 1651, serves as a valuable record of the strategies employed by the indigenous peoples within the jurisdiction of Xochimilco to negotiate and defend their interests against obligations imposed by the New Spanish regime. In it, the native inhabitants of San Mateo Xalpa addressed a petition to the “corregidor” (magistrate) of Xochimilco, seeking exemption from the “repartimiento”—the system of forced indigenous labor—designated for the construction of the Mexico City Cathedral.
This request from the people of Xalpa was based on the need to remain in their community to repair their village church, as its state of disrepair hindered the proper conduct of religious activities. They also cited the approaching celebrations honoring their patron saints, which required the participation of the local inhabitants as well as the availability of a suitable space for the festivities.
Keywords: Indigenous *repartimiento*, natives of Xochimilco, San Mateo Xalpa.
Introducción
Como sabemos, el repartimiento indígena tiene sus orígenes en el siglo XVI; fue un sistema en el que las autoridades novohispanas establecían contingentes de trabajadores indígenas a haciendas, obrajes, minas, construcciones públicas, etcétera. Un claro ejemplo de la inconformidad de los indígenas ante este sistema económico-administrativo es el que se presenta en esta nota, que nos da un panorama del tipo de repartimientos en los que eran solicitados los naturales de la montaña de Xochimilco en el siglo XVI.
Archivo General de la Nación/ Instituciones Coloniales/ Real Audiencia/ Indios (058)/ Contenedor 09/ Volumen 16/
Título: Expediente 78 Fecha(s): JUNIO 12 DE 1651 Fojas: 72v-74
Alcance y Contenido: Al corregidor de Xochimilco y demas justicias y amparadores de los naturales a fin de que no consientan saquen de san mateo indios de repartimiento, y que se les deje fabricar su iglesia hasta que su excelencia provea otra cosa. juris. México, D.F. po. San Mateo.
Paleografía documento, foja 1
Vuestra Excelencia (atento), a no trabajarse en la obra de la fabrica de la catedral de esta ciudad, manda que el pueblo de San Mateo Salpa de la jurisdicción de Xochimilco, no se saque indios del repartimiento, ni para otra parte alguna y que la justicia le deje, fabricar su iglesia, hasta que Vuestra Excelencia otra cosa mande.
Don Luis Henríquez de Guzmán [ilegible] por cuanto yo como de despachar , el mandamiento del tenor siguiente, para que el corregidor de Suchimilco, me informe sobre lo pedido por los naturales del pueblo de San Mateo Salpa de aquella jurisdicción, que lo hizo en la forma que sigue: Don Luis Henríquez de Guzmán, Conde de Alva de (aliste) y Villa flor [ilegible] ; por cuanto Agustín Franco por los naturales y principales del pueblo de San Mateo Salpa de la jurisdicción de la ciudad de Suchimilco. Como más haya lugar y a su derecho convenga, me hizo Razón que los naturales de dicho pueblo tienen muy grande necesidad de reparar su iglesia por estar muy maltratada, y no poderse celebrar en ella, con decencia debida sus divinos oficios y festividades y con los muchos repartimientos que tienen de gente que se les pide para diferentes efectos no pueden acudir al reparo de dicha su iglesia. Y para que lo puedan hacer con toda comodidad, que sin embarazo alguno, me pidió les reservase por tiempo de dos años de dichos repartimientos, para que no acudiendo a ellos puedan dentro de dicho tiempo acabar de reparar su iglesia, por la necesidad que tienen de ello: Y por mi visto, por el oresente mando a vos el Corregidor de la ciudad de Suchimilco, que luego y sin dilación alguna me informéis, sobre lo aquí contenido por parte de los naturales del pueblo de San Mateo Salpa de esa jurisdicción con toda claridad y distinción, para que visto por mi, provea lo que convenga, fecho en México a tres de Abril de mil seiscientos cincuenta y un años. El Conde de Alva, por mandato de su Excelencia, Simón Pérez Feixo: Excelentísimo Señor cumpliendo con el mandamiento de Vuestra Excelencia fui al pueblo de San Mateo.
Paleografía documento, foja 2
Salpa, de esta jurisdicción y con el presente servicio público de ella, y vi la iglesia de dicho pueblo, por todas partes la cual esta descubierta y muy necesitada de reparo, y levantadas algunas paredes, el pueblo tiene mucha gente, y poniendo cuidado la podrán acabar en breve tiempo porque habrá siete años, que los naturales de dicho pueblo tuvieron reserva, por seis meses para este mismo propósito, y obraron con poco cuidado, y así no la acabaron, Vuestra Excelencia mandara, lo que más se sirva, Suchimilco y cinco de abril de mil quinientos cincuenta y un años: Sevastian de la Fuente Ayala, firmo ante mí Francisco Phelix Belazquez servidor público; a que mande se llevase al señor Doitor Don Pedro Mellian, fiscal de esta real audiencia, y con su respuesta al licenciado Don Francisco de Sover y Quiroga, mi asesor para que diese su parecer que le dieron diciendo que según el informe y noticia que se tenía los indios eran muy pocos sin agravio podían acudir al repartimiento reparo y adereço de su iglesia y en este estado los principales y naturales de dicho pueblo de San Mateo Salpa, por memorial que ante mi presentaronme hicieron relacion diciendo que habiéndome suplicado les hiciese [ilegible] de reservarlos por tiempo de dos años, de los repartimientos de indios con que acuden cada semana para diferentes efectos. Les despache mandamiento induso para que la justicia de dicha ciudad informase sobre ello, que lo hizo como de él lo constaba, en que refiere la necesidad de que la iglesia se continúe y acabe para que en ella sean administrados y celebrados los oficios divinos y que habiendo remitido al Señor Fiscal y a mi asesor, respondieron que acudiesen a dichos repartimientos y obras de su iglesia que hablando con la reverencia y catamiento debido les será imposible hacerdichas dos cosas a un tiempo, por la necesidad tan urgente que tienen de que su iglesia se vaya edificando por temerse que con las aguas se les eche a perder lo que tienen hecho en ella y que con número de gente, la abreviaran,
Paleografía documento, foja 3
Todo lo posible para que se acabe en toda perfección y para que tenga efecto, me suplicaron lo él dicho [ilegible] me sirviese, que sin embargo de dicha respuesta del Señor Fiscal y parecer de mi asesor los mandase reserva de dicho repartimiento por tiempo de dos años, para que en ello acaben la dicha su iglesia, sin que ninguna justicia, ni persona se los pidan ni los obliguen a ellos y que siendo necesario darían información de la necesidad que tienen de dicha iglesia para que se celebren los oficios divinos y les sean administrados los santos sacramentos y doctrina y celebrar sus fiestas, y por otras ocasiones suplicaron que en caso de que no hubiese lugar dar la dicha información que ofrecían, mandase que hasta tanto que se trabajase en la iglesia catedral de esta ciudad no consienta su corregidor que se saque indio ninguno de dicho su pueblo, con ningún pretexto para parte alguna, sino que se ocupen en edificar su iglesia y que se le de al Señor Gobernador y alcaldes y mandones, por persona que sepa leer y escribir, no los molesten y los dejen trabajar en la dicha su iglesia con penas que para ello se les impongan, que visto por mí y atento a no trabajarse en la obra de la fabrica de su santa iglesia catedral de esta ciudad; por el presente mando al corregidor de la dicha ciudad de Suchimilco, gobernador de ella, alcaldes, regidores y mandones y demás alguaciles y amparador de los dichos naturales con ningún pretexto que sea no consientan que saquen del dicho pueblo de San Mateo Salpa de dicha jurisdicción, indio alguno del repartimiento público, tiene hecho para la dicha fabrica, por no trabajarse en ella hasta tanto que se trabaje, ni menos para otra ninguna parte, dejándoles fabricar y que fabriquen la iglesia hasta tenerla acabada, y que por mí,
Paleografía documento, foja 4
Se provea y mande otra cosa, y para que tenga cumplido efecto lo nombro a las personas aquí referidas cualquiera que sepa leer y escribir, con testigos, fecho en México a doce de Junio de mil seiscientos cincuenta y uno. El conde de Alva por mandato de su Excelencia Simón Pérez Feixo.[1]